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Comité de convivencia laboral, nueva regulación (resolución 3461 de 2025)

Seguridad y salud en el trabajo SG-SST

PROPÓSITO: El Ministerio de Trabajo establece los lineamientos para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral.

1. Conformación

El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por representantes del empleador y de los trabajadores con los respectivos suplentes, así: 

Empresa 

Conformación comité de convivencia laboral

Empresas con menos de 5 trabajadores

Un (1) representante de los trabajadores

Un (1) representante del empleador

Empresa con más de 5 y menos de 20 trabajadores

Un (1) representante de los trabajadores y suplente

Un (1) representante del empleador y suplente

Empresa con más de 20 trabajadores

Dos (2) representantes de los trabajadores y suplentes

Dos (2) representantes del empleador y suplentes

Empresa con dos o más centros de trabajo

Se debe designar un comité de convivencia en el nivel central y otro adicional por cada centro de trabajo

Nota: el Comité de convivencia Laboral no podrá ser integrado por trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral en el último año.

2. Periodo de vigencia

El periodo de vigencia del Comité de Convivencia Laboral será de dos (2) años, en caso de retiro de un representante, el suplente podrá asumir las funciones sin necesidad de convocar nuevas elecciones.

Paso 2: Diagnóstico inicial

Determinar las actividades o procesos que generar impactos ambientales y realizar la matriz de identificación y evaluación de aspectos e impactos ambientales de la compañía contemplando (actividad, aspecto, impactos, significancia, control actual y acción a realizar), por ejemplo: 

Actividad

Aspecto

Impacto

Significancia

Control

Acción

Lavado de equipos

Vertimiento de aguas residuales

Contaminación hídrica

Alta

Ninguno

Implementar Planta de Tratamiento de Aguas residuales

3.Funciones del Comité de Convivencia Laboral

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones de presunto acoso laboral. 
  • Examinar de manera confidencial los casos específicos en las que se formule queja o reclamo con circunstancias de acoso laboral. 
  • Escuchar de manera individual a las partes involucradas
  • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para una solución efectiva.
  • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja. 
  • Elaborar informes trimestrales y un informe anual sobre la gestión del Comité, en donde se incluya las estadísticas de las quejas, seguimiento a casos y recomendaciones.

4. Reuniones ordinarias

El comité se debe llevar a cabo sus reuniones ordinarias de forma mensual, para el desarrollo de actividades como informes y seguimiento a compromisos establecidos por las partes involucradas.

5. Reuniones extraordinarias

Se llevarán a cabo reuniones extraordinarias cada vez que se reciba una queja de acoso laboral para adelantar el procedimiento para su resolución.

6. Procedimiento preventivo

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral. 
  • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo.
  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieran lugar a la queja. 
  • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias; y formular un plan de mejora concertando entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad. 
  • En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y la o el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente. 
  • Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.


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